27 de mayo de 2013

Las bases de la nueva Ley de Emprendedores Española

Después de mucho tiempo esperando llega la nueva Ley de Emprendedores, ya que el pasado 24 de mayo fue aprobado su anteproyecto en Consejo de Ministros. Se esperaba mucho de esta nueva Ley, tras mucho tiempo esperando y meses siendo retrasada, y lo cierto es que incorpora muchas novedades importantes, pero también parece escasa para muchos. Las principales novedades son:



  • Se podrán hacer nuevas empresas en un solo día y por tan sólo 40 euros con la creación telemática de empresas que elimina trabas burocráticas y administrativas. Se estudia pasar el capital social mínimo (actualmente 3005,06 euros) a 1 solo euro.

  • Se crea la Sociedad Limitada de Formación Sucesiva, abaratando la creación de la empresa pero con ciertos límites y obligaciones, con un 20% de beneficio como reserva legal hasta que el capital social no llegue a los 3005,06 euros. La retribución de los socios y administradores se limita al 20% del patrimonio neto.

  • Aparece el deseado IVA de caja, mediante lo cual no habrá que ingresar el iva de facturas no cobradas siempre que se tenga una cifra de negocios menor a 2 millones de euros. No habrá que pagar el iva que no se cobra.

  • Los extranjeros que opten a nacionalidad española han de crear un proyecto que genere empleo, comprar una vivienda de 500000 euros o más o comprar 2 millones de euros de deuda española.

  • Los pluriempleados tendrán menos cotizaciones sociales, ya que los autónomos pluriempleados tendrán una base de cotización de 50% de la base mínima los primeros 18 meses y después el 75% los siguientes 18 meses. Pasado este tiempo de 3 años, se elimina este beneficio.

  • Habrá incentivos para inversionistas en nuevas empresas, lo que son los Business angels. La deducción será del 20% con una base máxima de 20000 euros siempre que los fondos de la empresa no superen los 200000 euros en ese ejercicio.

  • Habrá facilidades de refinanciación, aunque no se han concretado totalmente.

  • Habrá ventajas fiscales por reinvertir los beneficios, con una deducción en el Impuesto de sociedades del 10% de los beneficios que se destinen a este fin.

  • No se perderá la vivienda habitual, siempre que no tenga un valor superior a 300000 euros, ni el vehículo habitual (con valor inferior a 30000 euros). Para mí, esta es una de las principales medidas (sin contar el iva de caja que ya debería aplicarse hace mucho tiempo).

  • Habrá un mercado de deuda alternativo para pymes para captar fondos con más facilidad. Esto requiere la aprobación de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.


La Ley de Emprendedores entrará en vigor en enero del próximo año, así que puede ser que en los próximos meses cambie alguna medida, haya otras nuevas o se pulan algunas de ellas.




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