26 de abril de 2013

Cómo elaborar un buen contrato de servicio entre el freelance y el cliente

Aunque muchos profesionales freelance no lo sepan (y siempre hablando desde la realidad de la legislación española, aunque también la de otros muchos países, si bien en algunos puede que pueda o pudiera diferir) cuando un cliente nos contrata un servicio como profesionales freelance existe un contrato de por medio aunque no exista el mismo, pero hoy no vamos a centrarnos en ello, vamos a centrarnos en los requerimientos que debe de tener un buen contrato.


Centrémonos en ello pero antes aclaremos lo que se venía diciendo, lo que se mencionaba de que en realidad la ausencia de contrato es contrato, en todo caso lo que faltará será el formato papel del mismo, y lo más esencial: la forma de probar la existencia del acuerdo y de los términos del mismo, pero en realidad contrato, acuerdo existirá. Dicho de otro modo, la existencia de un contrato (en la mayoría de los asuntos) no pasa porque exista un papel que lo certifique, pasa porque el mismo exista en cualquier forma, incluso en un pacto verbal, si bien como se dice lo difícil en estos casos en muchas ocasiones era poder demostrar lo que hemos pactado, pero si podemos hacerlo, lo mismo puede tener la misma fuerza probatoria y válida que un contrato.


Por ello guardarnos todas las comunicaciones con el cliente que nos hagamos escritas, incluso por email, guardarnos cualquier presupuesto que le enviemos y que él nos dé su conformidad, y también puede resultar clave aprovechar que cualquier otra persona (testigo por conocedora de nuestro acuerdo con el cliente) pudiese corroborar que existía ese acuerdo nuestro con el cliente. Todo ello pueden resultar piezas clave para resolver entuertos en este ámbito ante conflictos posteriores que se presenten.


Ahora bien, aquí centrémonos en el caso de que existe un contrato firmado, de que se realiza la firma de ese contrato acordado en un documento de papel, entonces en se caso (que a la postre es el más que recomendable) valgan algunas recomendaciones al respecto:


Por una parte diremos que el lograr la firma de un contrato siempre ya es un logro por si mismo, pero el mismo debe de quedar atado, bien detallado para que nos suponga una ventaja y nos proteja adecuadamente en caso de controversia, por todo ello la redacción del mismo por parte de un profesional es más que recomendable para que el mismo tenga plenas garantías y se consiga el mejor resultado posible. Ahora bien, puede haber casos en los que prestemos un servicio muy estandarizado que con una simple plantilla contractual adaptada a los datos de cada cliente y alguna particularidad más que pueda haber puede resultarnos válida. Pero atención, en general está será la excepción, la extraña excepción debe de ser, pues no hay mejor contrato que el contrato personalizado, y no hay peor contrato que el contrato mal elaborado.


Y un contrato bien elaborado debe de reunir todos aquellos puntos que protejan a las partes, y no nos engañemos especialmente a nosotros, por lo que si podemos ser nosotros quien impone el modelo a firmar de buen seguro que si lo hemos redactado bien, podremos tomar cierta ventaja, podremos haber incorporado ciertos detalles que nos harán más robusto el contrato para que sea más favorable a nosotros.


Y de lo anterior se desprende la bondad de que el mismo, de que el contrato sea realizado por un profesional, pues si bien todos sabemos escribir e incluso a muchos les puede parecer que “dominan” o que es fácil copiar el lenguaje, sólo un profesional sabe darle ese toque, ver esos matices, poner esa coma en aquel lugar concreto, cambiar una palabra por otra casi de idéntica que parezca que dice lo que dice pero que en realidad no dice lo que parece que dice y factores importantes por el estilo.


Aún y así si insistimos en elabóranos nosotros mismos el contrato el mismo debe de tener algunos detalles básicos incuestionables: los datos que identifiquen a las partes adecuadamente, el servicio que se va a prestar lo más detalladamente posible, la forma en la que se va a prestar el servicio y los plazos de ejecución, a la vez que obviamente la remuneración a percibir, estableciendo el cuánto, pero también el cómo y el cuándo cobraremos, etc.


Otros puntos ineludibles en cualquier contrato son la vigencia del mismo, el lugar y fecha de firma, la jurisdicción competente, así como todo lo que tenga que ver con las condiciones de privacidad y de protección de datos que puedan existir. Por supuesto entre otras muchas consideraciones y elementos que dada la particularidad de cada caso en particular, de cada asunto susceptible a ser plasmado en un contrato, es imposible de reflejar aquí en su plenitud sin extendernos infinitamente en el texto.




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